El Indecopi multó a América
Móvil Perú S.A.C. y a Telefónica del Perú S.A.A. por publicidad ilegal de dos
promociones comerciales.
La Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Instituto Nacional
de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Inteletual
(Indecopi) confirmó, en segunda instancia administrativa, que las empresas
América Móvil Perú S.A.C. y Telefónica del Perú S.A.A. incurrieron en actos de
competencia desleal, al difundir publicidad de dos promociones comerciales que
inducían al error en los consumidores y omitían información exigida por ley.
Empresas engañan a sus clientes - Imagen: Código,pe |
De acuerdo a la investigación realizada por la Comisión de Fiscalización
de la Competencia Desleal, la empresa América Móvil S.A.C. (Claro) difundió
publicidad a través de piezas gráficas impresas (volantes) y su página web,
consignando la afirmación “Habla gratis para toda la vida a 2 Claro móviles”;
dando a entender erróneamente a los consumidores, que podrían hablar sin costo
alguno durante el tiempo que deseen, mientras que el propietario o usuario del
equipo celular lo mantenga afiliado a la línea telefónica activa de la empresa.
Sin embargo, en la información adicional señalada de manera residual en
la parte inferior de las piezas publicitarias infractoras y, en caracteres de
menor dimensión, se indicaba que esa
gratuidad solo se aplicaba a los tres (03) primeros minutos de la llamada
realizada; luego de ello, se cobraría un monto de S/ 0.35 por minuto, lo cual
resultaba contradictorio con el mensaje principal de los anuncios publicitarios
infractores.
Por otro lado, Telefónica del Perú S.A.A. (Movistar) difundió un anuncio
televisivo en el que divulgó la promoción denominada “Llévate gratis el iPhone
6 Plus de 16 GB entregando tu iPhone 5S”; no obstante, en la referida pieza
publicitaria no se consignó de manera clara, destacada y advertible, las
condiciones y restricciones de acceso a dicha promoción.
De esta forma, la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del
Indecopi, sancionó con multas de 149.49 UIT a la empresa América Móvil y 10 UIT
a Telefónica del Perú, equivalentes en conjunto a S/ 629 985.50.
Estas empresas infringieron los artículos 8, 14 y 17 de la Ley de
Represión de la competencia Desleal (Decreto Legislativo N° 1044), referidos a
Actos de Engaño, Publicidad de Promociones y Actos contra el Principio de
Legalidad, respectivamente.
Es importante
señalar que ambos procedimientos fueron iniciados de oficio por la Comisión de Fiscalización de la
Competencia Desleal que, de manera constante, monitorea el mercado y vela porque
la publicidad no engañe a los consumidores, ni infrinja las normas establecidas
por ley.
Finalmente, la institución recuerda que los consumidores
también son aliados para detectar la publicidad engañosa. Pueden brindar
información o denunciar de forma gratuita ante el Indecopi, para que evalúe la
posibilidad de iniciar procedimientos de oficio, en beneficio de la economía de
los consumidores y el mercado. Además, pueden comunicarse a los teléfonos: 224-7777 o al 0800-4-4040, gratis desde
provincias.