La máxima autoridad del
Jurado Nacional de Elecciones (JNE) determinó inscribir la lista del candidato
a la Municipalidad de Tantamayo, Wilder Rosales, señalando la negligencia
cometida en Huamalíes.
De acuerdo a la reciente resolución
Nº 1994-2026, cuestiona que el Jurado Electoral Especial (JEE) con sede en
Llata, no haya contrastado la dirección domiciliaria de los candidatos en el
padrón electoral del Reniec.
Finalmente, luego de casi un mes de idas y venidas en el JNE, Wilder Rosales logra revertir resolución abusiva del JEE de Huamalíes que rechazó inscribirlo como candidato
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La última instancia del JNE en Lima
deja en evidencia la negligencia del JEE de Huamalíes de no contrastar la
información de la dirección domiciliaria de los candidatos a la alcaldía y a la
regiduría de la Municipalidad Distrital de Tantamayo, Wilder Rosales y Khaty Bravo
respectivamente por la organización política Venceremos, luego que en Llata
declararan la improcedencia de inscripción de la lista porque para ellos no
cumplían el requisito de residencia mínima de dos años, cuando las dos personas
viven en la ciudad de “los rascacielos de América” aproximadamente hace tres
décadas.
| JNE deja en evidencia la falta de criterio del JEE de Huamalíes de hacer un clic y revisar el padrón electoral |
“Dado que el padrón electoral es un
documento oficial elaborado con información proporcionada por el Reniec y
constituye una fuente de conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y de los
jurados electorales especiales, el JEE debió consultarlo o solicitar la
información correspondiente antes de declarar la improcedencia de las
candidaturas”, dice en su resolución la máxima autoridad del JNE, poniendo
en evidencia la negligencia de los representantes en Huamalíes, quienes
pese a tener a la mano el padrón electoral, emitieron una resolución “ilegal
y arbitraria” tal como lo calificó el abogado de Wilder Rosales, Franklin Inga
al sustentar la apelación, hace pocos días. “La presentación extemporánea
del escrito de subsanación no constituye, por sí sola, fundamento suficiente
para mantener la improcedencia declarada, toda vez que el requisito observado
podía ser corroborado con información oficial que se encontraba al alcance de
los órganos electorales. Por ello, el JEE debió agotar los mecanismos de verificación
disponibles y motivar su decisión con base en la información contenida en los
padrones electorales” acota el organismo electoral, dando la razón en todos
los extremos al personero legal y abogado de esta lista.
| Y en una nueva resolución el JEE de Huamalíes termina por admitir que no revisó el padrón del Reniec. |
| Ante la puesta en evidencia de la negligencia, ilegalidad y arbitrariedad cometida en Llata, no le quedó otra que proceder a la inscripción de la lista de Wilder Rosales |