El alcalde de la Municipalidad de
Huamalíes, Ricardo Tello, sus nuevos amiguis regidores oficialistas y
gerente municipal, habrían incumplido con el plazo de vacancia según la queja
presentada ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Este nuevo pedido del vacador Lenin Lizano, sería un
duro revés para quienes no aceptaron lo que propició la primera regidora
Angélica Jara.
Lenin Lizameta nuevamente le da su chiquita al alcalde exmagistrado Ricardo Tello - Composión: un tipo sin imaginación |
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Por Yonel Rosales
Si el JNE le da la razón a la queja
presentada por el ciudadano Lenin Lizano Lezameta, que pidió la vacancia del
alcalde de la Municipalidad Provincial de Huamalíes por presuntamente darle
chamba contratar a su prima hermana
Elida Caballero Tello, tendrán un duro revés. Cuando recién el concejo se reunía para fijar fecha y hora para
discutir la vacancia el 16 de mayo, el promotor de esta solicitud, ya presentaba
ante el JNE una queja bien documentada en contra de la autoridad municipal, su
gerente y obviamente sus los regidores que no asistieron a la otra
convocatoria, por aparentemente incumplir los plazos.
En un documento de 27 páginas,
Lenin que pide de todo, un poco más va a querer pollito solicitó
al organismo electoral “Apercibimiento contra el alcalde y medidas correctivas”,
además de exhortar jalarle las orejas al alcalde para que cumpla con los
plazos. Y se ordene al primer regidor o cualquier otro regidor convocar a
sesión extraordinaria para leer el horóscopo, no pues mascota, no, de hecho
es para decidir la vacancia o no del exmagistrado.
JNE se pronunciará sobre nuevo pedido en contra la Municipalidad de Huamalíes |
En el extenso documento, pero que
solo en cinco páginas tiene la carnecita, demanda que el gerente municipal
Oscar Huaman Ticona, que debe informar detalladamente sobre este proceso. En
ese sentido solicito: “INTERPONER QUEJA
POR DEFECTO DE TRAMITACIÓN - INCUMPLIMIENTO DEL PLAZO PARA REALIZAR LA
CONVOCATORIA A SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CONCEJO”, refiere el expediente.
Lizano que no parece sano para
aguantar mal que dure cien años está presuroso con la vacancia del
Inocente Tello, hace un recuento del proceso que siguió su pedido de vacancia,
desde el 5 de abril cuando lo presentó, el 10 de abril que se trasladó a la Municipalidad
de Huamalíes y la notificación realizada hasta el 30 de abril alcalde y los
concejales. Hacemos el recuento de las fechas que es media aburrida porque son
importantes para el plazo, tal como lo hace el vacador. Si contamos los días hábiles a partir del 30/04/19, hasta el 7 de mayo
se cumplía los cinco días, por ello Lenin, dice que a más tardar el 8 de mayo
se debió decidir la vacancia del edil.
Insiste que su pedido está
fundamentado en la Ley Orgánica de Municipalidades y Ley del Procedimiento Administrativo
General. Que establece: “Convocar a sesión extraordinaria en un plazo máximo de
cinco (5) días hábiles. Luego de notificado el presente auto. En caso de que el
alcalde no lo haga dentro del plazo establecido.
Previa notificación escrita a este, puede hacerlo el primer o cualquier otro regidor”.
El pedido se sustenta en este artículo de la normatividad, sin embargo, ¿dónde quedan lo 30 días? |
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Dice el documento: “Es decir, el señor alcalde debió señalar FECHA
Y HORA PARA SESIÓN EXTRAORDINARIA como fecha máxima el OCHO DE MAYO DE 2019”,
y acá Lenin Lizano, agarra chicote y les da duro: “sin embargo, de manera
dolosa, arbitraria y deliberadamente no se sirvió a cumplir con lo dispuesto
por el JNE”, señala. Denuncia que de manera irregular e ilegal busca dilatar el
procedimiento.
“El alcalde no necesita deliberar
con los regidores fecha y hora para la sesión extraordinaria de concejo, sino,
únicamente, cumplir con convocar”, insiste el vacador, porque lo hecho por el
alcalde Ricardo Tello y sus regidores – lo de regidores lo acotamos nosotros - no es encuentra contemplado en la normatividad,
pues según Lizano Lezameta ya vencieron los plazos.